Ortega blinda a los sancionados: saca ley que obliga a los bancos a reactivarles servicios
Si las instituciones públicas y privadas no brindan servicios a los sancionados serán multados, clausurados o hasta acusados por el delito de traición a la patria. Los bancos podrían llegar a perder las corresponsalías con bancos internacionales con esta imposición
- noviembre 20, 2024
- 01:30 PM
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El dictador Daniel Ortega ordena declarar “nulas” las sanciones y obligar a los bancos y otras instituciones públicas y privadas a brindar servicios a los sancionados, esto mediante la “Iniciativa de Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas” enviada a la Asamblea Nacional.
La iniciativa expone como objetivo principal “proteger” a los nicaragüenses e instituciones de las “sanciones y agresiones” realizadas por estados u organismo extranjeros que “atenten o pongan en peligro” la soberanía nacional, seguridad, planes de desarrollo o “perjudiquen” las finanzas y el libre comercio interior y exterior.
“En Nicaragua, se declaran nulas y sin efecto jurídico alguno las sanciones impuestas por estados, grupos de estados, gobiernos u organismos extranjeros que violen el derecho internacional. Estas sanciones carecen de validez y aplicabilidad en todo el territorio nacional, independientemente de su naturaleza o alcance”, se lee en el artículo cuatro de la iniciativa.
El mismo artículo establece en el segundo párrafo que ninguna entidad o persona “bajo argumento de sanciones, podrá negar o suspender la provisión de bienes y servicios privados y públicos, sean estos comerciales y financieros, a las personas naturales y jurídicas, entidades privadas e instituciones del Estado”. Es decir, pone contra la espada y la pared a instituciones como los bancos que podrían llegar a perder las corresponsalías con bancos internacionales, lo que aislaría aún más al país.
Las sanciones impuestas por países como Estados Unidos contra funcionarios y empresas nicaragüenses, establecen la prohibición de operaciones por parte de “personas estadounidenses o personas dentro de Estados Unidos (o que transiten por ese territorio) que involucren bienes o participaciones en bienes de personas designadas o bloqueadas”, esto incluye a los bancos que brindan servicios de corresponsalías al sistema financiero de Nicaragua que no cuenta con sucursales en el exterior.
Bancos podrían enfrentar problemas
Economistas han advertido que si los bancos nacionales llegan a perder sus corresponsalías en el exterior habrá serias implicaciones en el sistema de exportaciones e importaciones del país, así como en el envío y recibimiento de remesas.
“Ortega está poniendo una pistola en la cabeza de los banqueros: o reabren operaciones bancarias a los mafiosos (sancionados), o serán objeto de sanciones. Los banqueros están contra la pared: si acceden al chantaje de Ortega, pierden las corresponsalías, con el riesgo de colapsar las transacciones bancarias internacionales. Si no acceden al chantaje, se exponen a las sanciones de la dictadura”, explicó en febrero de 2021 el economista Enrique Sáenz a la Voz de América, cuando la dictadura promovía la ley de Adición y Reformas a la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias.
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A Ortega no le importa el aislamiento y las restricciones que podrían llegar a tener los bancos nacionales por brindar servicios a los sancionados, más bien manda a “imponer sanciones y multas” a las entidades que violen los derechos de los funcionarios y empresas estatales sancionadas.
“Las instituciones públicas reguladoras podrán aplicar medidas adicionales a los infractores que lleguen a la suspensión temporal o definitiva de sus operaciones”, agregan en el segundo párrafo del artículo 5.
Además amenaza a las instituciones públicas y privadas que nieguen servicios a los sancionados con aplicarles “responsabilidades penales que correspondan por el delito de Traición a la Patria” y las obliga a restituir el servicio y a resarcir “daños” a los “afectados”.